Notificaciones Judiciales

Correo electrónico para notificaciones judiciales:

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Si realiza envíos a este correo, por favor evite enviar el documento físico. (Art. 197 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo) | AVISO IMPORTANTE: Esta dirección de correo electrónico es DE USO ÚNICO Y EXCLUSIVO PARA LAS NOTIFICACIONES JUDICIALES que se surtan en los procesos en que la entidad ostenta la calidad de demandante o demandada, en los términos establecidos en los artículos 197, 198 y 199 de la Ley 1437 de 2011. Para efectos de la vinculación o la solicitud de intervención de la Procuraduría General de la Nación como Ministerio Público deberá surtirse la notificación a través del correo de las Procuradurías Delegadas dependiendo de la competencia respectiva. Las peticiones, consultas, quejas, reclamos, solicitudes, denuncias o felicitaciones deben realizarse diligenciando el formulario correspondiente, a través de la Sede Electrónica.